A) MEDIDAS DE NATURALEZA PERSONAL:
I. PATRIA-POTESTAD: COMPARTIDA, SIEMPRE; salvo Sentencia fundada en incumplimiento de sus deberes consustanciales.
II. GUARDA Y CUSTODIA:
a) Compartida.
b) Exclusiva. En cuyo caso…
III. RÉGIMEN DE VISITAS.
IV. GASTOS ORDINARIOS DEL MENOR:
a) Sustento en compañía del progenitor con quien se encuentre, en caso de Guarda y Custodia Compartida.
b) Pensión de Alimentos, en caso de Guarda y Custodia Exclusiva.
V. GASTOS EXTRAORDINARIOS DEL MENOR: 50% CADA PROGENITOR.
VI. USO Y DISFRUTE DEL DOMICILIO FAMILIAR PARA EL MENOR, en su caso.
Siendo siempre para mí las medidas personales las más importantes…
Todos están relacionados fundamentalmente con la «persona», o el «ser humano».
(Con la/el que Cada Uno Es.
Y con las/los que tenemos a nuestro cargo.)