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LAS DISTINTAS CAPACIDADES.

                Jurídicamente, una vez se adquiere «Personalidad Civil», conforme abordaba en el anterior artículo,  se adquiere, inherentemente,… … la «Capacidad  Jurídica»; distinta, no obstante, de  la «Capacidad  de Obrar».                 A primera y simple vista podría parecer que la de «obrar» es la más importante, por  ser la «operativa». Sin embargo, no. No es así. Leer másLAS DISTINTAS CAPACIDADES.[…]

LA SEGUNDA DISTINCIÓN MÁS IMPORTANTE. Parte V. La Personalidad y la Capacidad.

Ø  La Adquisición  de Personalidad.                 La «Personalidad Civil» es otro de los ámbitos de la persona más importantes regulados en nuestro Código Civil, y amparado por la Constitución.                 Si bien, lo que no hagas por ti,  lo haz de hacer por tu familia, o seres queridos. Y Leer másLA SEGUNDA DISTINCIÓN MÁS IMPORTANTE. Parte V. La Personalidad y la Capacidad.[…]

Las Distintas Ventajas de alcanzar Acuerdos en Familia. La Mediación y la Psicosocial.

Ø  Las Distintas Ventajas de llegar a… Acuerdos en Familia. Ø  La Mediación Familiar, intra y extra – judicial, y la Prueba Psicosocial.                 Con este artículo espero poder dejar de escribir ya de una vez sobre la Familia. Lo más importante. Y cierro la relación de artículos dedicados a la Familia con la misma Leer másLas Distintas Ventajas de alcanzar Acuerdos en Familia. La Mediación y la Psicosocial.[…]

El Abuso de los Juzgados de Violencia sobre la Mujer: Distinción entre su doble competencia, Civil y Penal.

Ø  «El Abuso» de los Juzgados de Violencia sobre la Mujer.                 Como ya adelantaba sutilmente en el artículo anterior, al rezar el Código Penal sobre los delitos en el ámbito familiar,… … a pesar de que los Juzgados de Violencia son jurisdicción penal, ésta es especial, y tanto lo es  que ostenta competencias en Leer másEl Abuso de los Juzgados de Violencia sobre la Mujer: Distinción entre su doble competencia, Civil y Penal.[…]

La Familia en la Jurisdicción Penal: Distinción entre Violencia Doméstica y Violencia de Género.

                 Ambas, en el  ámbito de la familia, «PENOSAS». Pero con notables diferencias a tener en cuenta.                 Por atacar el ámbito que más hemos de proteger, la violencia doméstica, en el amplio sentido, ejercida en la familia, es decir, sobre los miembros del núcleo familiar, se encuentra más gravemente Leer másLa Familia en la Jurisdicción Penal: Distinción entre Violencia Doméstica y Violencia de Género.[…]

Distinción entre Conocimiento y Movimiento. LA ORIENTACIÓN.

Ø  La Distinción entre…                                                … «Conocimiento y Movimiento».                 De lo que Uno no sabe se ha de informar y asesorar para tomar «SUS» propias decisiones. Ciertamente a las personas en general, no obstante, parece que les cuesta menos pagar a cualquier otro antes que a un Abogado. A pesar de que las Leer másDistinción entre Conocimiento y Movimiento. LA ORIENTACIÓN.[…]

Si No Te Casas… No!: No tienes derechos sobre la herencia.

Ø  La carencia de derechos sucesorios de las Parejas de Hecho.                 Y es que es una nueva elección con sus consecuencias la que constituye esta nueva institución con su régimen jurídico, escasamente regulado, en atención también, a la  «Autonomía  de la  Voluntad»  imperante.                 El Código Civil, como explico en artículos anteriores, regula integralmente la institución Leer másSi No Te Casas… No!: No tienes derechos sobre la herencia.[…]

Si Te Casas… Es de los Dos! Lo que Ganas.

Ø  La ineludible liquidación! de… Lo que quede.                 En éste mes de Febrero, pero pasado el San Valentín (para no hacer pensar demasiado a los enamorados),  … … y habiendo cerrado definitivamente la relación de artículos sobre los Hijos, y las responsabilidades «legales» que ellos implican; … … abordaré a continuación la clara idea Leer másSi Te Casas… Es de los Dos! Lo que Ganas.[…]

No hay Obligación de Tener Hijos.

Ø  No hay Obligación de Tener Hijos… …. Pero si los «Tenemos», … … tampoco son «Nuestros»! sino que… … Sólo!!!  «TENEMOS QUE CRIARLOS».                 Este año quiero comenzar con una sencilla y profunda reflexión, no jurídica, sino personal, con la que quiero definitivamente cerrar la relación de artículos jurídicos dedicados a los Hijos. No Leer másNo hay Obligación de Tener Hijos.[…]

Un Incumplimiento! NO Justifica Otro. Cuanto menos!, en Familia.

Ø  En Derecho,… …  Un Incumplimiento! NO Justifica Otro. Cuanto menos!, en Familia.                 Para concluir el año y cerrar con los artículos dedicados «A Los Hijos», quiero explicar que el Incumplimiento de cualquiera de las Medidas Paternofiliales, ya bien sea… Ø  de Guarda y Custodia, Ø  como de Régimen de Visitas, Ø  como de Leer másUn Incumplimiento! NO Justifica Otro. Cuanto menos!, en Familia.[…]